ExtintorFC
Totalwind Supergurú
http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/MARINA_MERCANTE/NAUTICA_DE_RECREO/Responsabilidades/Balizamientos
"Para garantizar la seguridad de los usuarios de las playas, y especialmente de los bañistas, las Autoridades han establecido en la línea de playa zonas de protección, generalmente balizadas.
Estas zonas se entenderán situadas en el interior de una banda litoral, paralela a la costa, de 200 metros de ancho, en la cual la navegación está prohibida o condicionada a una velocidad de 3 nudos en donde no exista balización.
Las zonas son:
Reservadas exclusivamente a los bañistas.
Prohibidas a todos los deportes náuticos.
Los canales de acceso para las tablas de windsurf, esquí náutico, motos náuticas, veleros, embarcaciones a motor, etc., son zonas prohibidas para el baño y destinadas a dar acceso a la playa a los usuarios de los deportes náuticos.
Recuerde que en las zonas de baño debidamente balizadas está prohibida la navegación deportiva y de recreo, y la utilización de cualquier tipo de embarcación o medio flotante movido a vela o motor. El lanzamiento o varada de embarcaciones deberá hacerse a través de canales debidamente señalizados.
En los tramos de costa que no estén señalizados, se entenderá que la zona de baño ocupa la zona contigua a la costa de una anchura de 200 metros. Dentro de estas zonas no balizadas no se deberá navegar a una velocidad superior a 3 nudos. Las motos náuticas sólo podrán navegar por esta zona para acceder perpendicularmente a la playa, extremando precauciones y a velocidad inferior a 3 nudos.
Todas las embarcaciones o artefactos flotantes, cualquiera que sea su medio de propulsión, que salgan o se dirijan a las playas, deberán hacerlo perpendicularmente a tierra, navegando con precaución y siempre a menos de tres nudos desde los 200 metros hasta la costa, o viceversa. Si existen canales balizados de acceso, éstos se usarán obligatoriamente.
Recuerde que está prohibido fondear en los canales de acceso a los puertos, calas y playas (si están balizadas), y dentro de las zonas de baño debidamente balizadas. En todo momento debe respetar estas zonas, tanto por su seguridad como por la de los demás."
Por aquí el 15 de Junio empieza la temporada de playas, así que me estaba informando... y ya puesto lo comparto.
https://www.guardiacivil.es/es/servicios/consejos/mar.html
"Para garantizar la seguridad de los usuarios de las playas y especialmente de los bañistas, las autoridades han establecido en la línea de playa zonas de protección, generalmente balizadas. Estas zonas corresponden a una banda litoral, paralela a la costa, de 200 metros de ancho, en la cual la navegación está prohibida o condicionada a una velocidad de 3 nudos si no existe balizamiento.
Recuerde que en las zonas de baño balizadas está prohibida la navegación deportiva y de recreo, y la utilización de cualquier medio flotante propulsado a vela o motor. Todas las embarcaciones o artefactos flotantes que salgan o se dirijan a las playas deberán hacerlo perpendicularmente a tierra, para ello navegarán con precaución y siempre a menos de tres nudos desde los 200 metros hasta la costa, o viceversa. Si existen canales balizados de acceso, éstos se usarán obligatoriamente."
No se si imprimirlo y plastificarlo, por si el socorrista de turno se pone tonto...
Por cierto, que no encuentro nada sobre si el acceso al carril náutico balizado por la arena debe estar despejado de gente acampada allí.
Entiendo que por seguridad de todos, debe estar libre de toallas, sombrillas, tomasoles, etc por si aparece Protección Civil/Guardia Civil/Salvamento Marítimo con el 4x4 para botar la neumática en Servicio de Urgencia. Si pierden tiempo, puede perecer ahogada gente.
"Para garantizar la seguridad de los usuarios de las playas, y especialmente de los bañistas, las Autoridades han establecido en la línea de playa zonas de protección, generalmente balizadas.
Estas zonas se entenderán situadas en el interior de una banda litoral, paralela a la costa, de 200 metros de ancho, en la cual la navegación está prohibida o condicionada a una velocidad de 3 nudos en donde no exista balización.
Las zonas son:
Reservadas exclusivamente a los bañistas.
Prohibidas a todos los deportes náuticos.
Los canales de acceso para las tablas de windsurf, esquí náutico, motos náuticas, veleros, embarcaciones a motor, etc., son zonas prohibidas para el baño y destinadas a dar acceso a la playa a los usuarios de los deportes náuticos.
Recuerde que en las zonas de baño debidamente balizadas está prohibida la navegación deportiva y de recreo, y la utilización de cualquier tipo de embarcación o medio flotante movido a vela o motor. El lanzamiento o varada de embarcaciones deberá hacerse a través de canales debidamente señalizados.
En los tramos de costa que no estén señalizados, se entenderá que la zona de baño ocupa la zona contigua a la costa de una anchura de 200 metros. Dentro de estas zonas no balizadas no se deberá navegar a una velocidad superior a 3 nudos. Las motos náuticas sólo podrán navegar por esta zona para acceder perpendicularmente a la playa, extremando precauciones y a velocidad inferior a 3 nudos.
Todas las embarcaciones o artefactos flotantes, cualquiera que sea su medio de propulsión, que salgan o se dirijan a las playas, deberán hacerlo perpendicularmente a tierra, navegando con precaución y siempre a menos de tres nudos desde los 200 metros hasta la costa, o viceversa. Si existen canales balizados de acceso, éstos se usarán obligatoriamente.
Recuerde que está prohibido fondear en los canales de acceso a los puertos, calas y playas (si están balizadas), y dentro de las zonas de baño debidamente balizadas. En todo momento debe respetar estas zonas, tanto por su seguridad como por la de los demás."
Por aquí el 15 de Junio empieza la temporada de playas, así que me estaba informando... y ya puesto lo comparto.
https://www.guardiacivil.es/es/servicios/consejos/mar.html
"Para garantizar la seguridad de los usuarios de las playas y especialmente de los bañistas, las autoridades han establecido en la línea de playa zonas de protección, generalmente balizadas. Estas zonas corresponden a una banda litoral, paralela a la costa, de 200 metros de ancho, en la cual la navegación está prohibida o condicionada a una velocidad de 3 nudos si no existe balizamiento.
Recuerde que en las zonas de baño balizadas está prohibida la navegación deportiva y de recreo, y la utilización de cualquier medio flotante propulsado a vela o motor. Todas las embarcaciones o artefactos flotantes que salgan o se dirijan a las playas deberán hacerlo perpendicularmente a tierra, para ello navegarán con precaución y siempre a menos de tres nudos desde los 200 metros hasta la costa, o viceversa. Si existen canales balizados de acceso, éstos se usarán obligatoriamente."
No se si imprimirlo y plastificarlo, por si el socorrista de turno se pone tonto...
Por cierto, que no encuentro nada sobre si el acceso al carril náutico balizado por la arena debe estar despejado de gente acampada allí.
Entiendo que por seguridad de todos, debe estar libre de toallas, sombrillas, tomasoles, etc por si aparece Protección Civil/Guardia Civil/Salvamento Marítimo con el 4x4 para botar la neumática en Servicio de Urgencia. Si pierden tiempo, puede perecer ahogada gente.