jaume dijo:
Grabar llamadas sin el consentimiento de la otra persona es ilegal, a no ser que haya una orden de un juez que de permiso para grabar sin que la otra parte lo sepa .. ¿algún juez por aquí?
A falta de Juez, que aunque haya alguno dudo que se identifique como tal, una opinión desde la izquierda de SSª
Grabar conversaciones de otro es legal, siempre que quien lo haga sea uno de los interlocutores, otra cosa es grabar una conversación ajena, el que graba no es ninguno de los que habla.
Un ejemplo
SENTENCIA de 11-5-1994, TRIBUNAL SUPREMO, Sala de lo Penal
<< no existe una vulneración del derecho a la intimidad cuando el propio recurrente es el que ha exteriorizado sus pensamientos sin coacción de ninguna especie. Tal
exteriorización demuestra que el titular del derecho no desea que su
intimidad se mantenga fuera del alcance del conocimiento de los demás.
Pretender que el derecho a la intimidad alcanza inclusive al interés de que
ciertos actos, que el sujeto ha comunicado a otros, sean mantenidos en
secreto por quien ha sido destinatario de la comunicación, importa una
exagerada extensión del efecto horizontal que se pudiera otorgar al derecho
fundamental a la intimidad. Dicho en otras palabras: el art. 18 CE no
garantiza el mantenimiento del secreto de los pensamientos que un ciudadano
comunica a otro.
De ello se deduce sin la menor fricción que la grabación de las palabras de
los acusados realizada por el denunciante con el propósito de su posterior
revelación no vulnera ningún derecho al secreto, ni a la discreción, ni a la
intimidad del recurrente. >>
Como siempre, pueden haber matices, vamos que no existe regla general.