yordas
Totalwind Superhero
Buenas tardes :
URGE contactar con club's de windsurf radicados en la Comunidad Valenciana, también les puede interesar a escuelas y negocios del ramo.
El tema, organizarse con relación al reciente Decreto por el cual cobrarán los rescates, se puede ver en
http://www.docv.gva.es/datos/2014/01/28/pdf/2014_694.pdf
según la exposición de motivos (preámbulo) repercutirán los costes de rescates (entre otras actividades que no afectan al Windsurf) en casos como <<realizar actos negligentes o contrarios a las recomendaciones e instrucciones de las consellerías competentes en materia de protección civil y en materia de medio ambiente, que provoquen la movilización necesaria de recursos de los servicios esenciales de intervención, y sin perjuicio de las sanciones que en cada caso procedan, los infractores deberán abonar como indemnización por daños y perjuicios el coste que haya supuesto la movilización de los recursos de los servicios esenciales de intervención>>
A mi modesto entender va a ser problemático en el caso del Windsurf, ya que navegar con un fuerza 5, o más, en cruceros, 470, etc, no será muy normal, pero justo en el Windsurf es cuando empieza a ser divertido. Lo mismo un día de olas en que normalmente existirá bandera roja en la playa.
En estos casos ¿se entenderá navegar en tabla como acto negligente o contrario a las instrucciones de protección civil ?
Podéis contactar en el correo del club windburriana@outlook.com o a mi móvil
Saludos
Angel Ania
629.61.52.14
URGE contactar con club's de windsurf radicados en la Comunidad Valenciana, también les puede interesar a escuelas y negocios del ramo.
El tema, organizarse con relación al reciente Decreto por el cual cobrarán los rescates, se puede ver en
http://www.docv.gva.es/datos/2014/01/28/pdf/2014_694.pdf
según la exposición de motivos (preámbulo) repercutirán los costes de rescates (entre otras actividades que no afectan al Windsurf) en casos como <<realizar actos negligentes o contrarios a las recomendaciones e instrucciones de las consellerías competentes en materia de protección civil y en materia de medio ambiente, que provoquen la movilización necesaria de recursos de los servicios esenciales de intervención, y sin perjuicio de las sanciones que en cada caso procedan, los infractores deberán abonar como indemnización por daños y perjuicios el coste que haya supuesto la movilización de los recursos de los servicios esenciales de intervención>>
A mi modesto entender va a ser problemático en el caso del Windsurf, ya que navegar con un fuerza 5, o más, en cruceros, 470, etc, no será muy normal, pero justo en el Windsurf es cuando empieza a ser divertido. Lo mismo un día de olas en que normalmente existirá bandera roja en la playa.
En estos casos ¿se entenderá navegar en tabla como acto negligente o contrario a las instrucciones de protección civil ?
Podéis contactar en el correo del club windburriana@outlook.com o a mi móvil
Saludos
Angel Ania
629.61.52.14